Las ayudas anuales que el Ayuntamiento de Boadilla concede por nacimiento, adopción y manutención de niños menores de tres años pueden empezar a solicitarse desde mañana sábado 9 de febrero. El plazo estará abierto los siguientes 30 días naturales; es decir, hasta el 11 de marzo inclusive.
Estas ayudas se otorgan por menores nacidos o adoptados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018; en el caso de la manutención, por los niños nacidos en los años 2015, 2016, 2017 y 2018.
Las cuantías máximas a percibir, en función del número de solicitudes que se presenten, serán:
- Ayuda general: por nacimiento o adopción, hasta 700 euros; y de manutención, hasta 350 euros anuales hasta que el niño cumpla los tres años.
- Ayudas a familias numerosas de categoría general y/o monoparentales: por nacimiento o adopción, hasta 1.000 euros; y hasta 700 euros al año por manutención; para las familias numerosas de categoría especial, el importe será de de hasta 1.300 y 1.000 euros, respectivamente.
- Las familias con menores a su cargo con algún tipo de minusvalía en grado superior o igual al 33% recibirán un pago único de hasta 2.000 euros y una asignación de hasta 1.000 euros anuales por manutención. Si además son familia numerosa la ayuda puede ascender a 3.000 euros en un pago único y hasta 1.500 más al año por manutención.
Como familias monoparentales se entienden las "constituidas por un progenitor o tutor y al menos un menor, en donde la reponsabilidad familiar recae únicamente sobre esa persona adulta", quedando excluidos de este supuesto los regímenes o acuerdos de custodia compartida.
Los requisitos para poder acceder a las ayudas son:
- Ser español o extranjero con residencia legal en España.
- Estar empadronados y residir todos los miembros de la unidad familiar en el domicilio de residencia legal, en Boadilla del Monte, durante un año consecutivo, inmediato anterior al primer día del periodo subvencionable; es decir, a 1 de enero de 2017.
- Ser propietario o inquilino de una vivienda en Boadilla. En caso de no ser titular o inquilino de la vivienda en la que se reside será necesario presentar una declaración jurada de que no es titular de vivienda alguna en todo el territorio español, además de acreditar fehacientemente la convivencia del familiar en primer grado titular o inquilino de la vivienda.
- Todos los miembros de la unidad familiar deberán estar al corriente de pago en los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales, con fecha 10 de marzo de 2019.
Las ayudas pueden solicitarse presencialmente; de forma telemática, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento con certificado digital; o de manera semipresencial, lo que exige acudir al Ayuntamiento solo a firmar la solicitud.
Para hacerlo presencialmente es necesario descargar de la web el modelo de solicitud de esta convocatoria y rellenar dos copias. Igualmente, puede recogerse en la sede administrativa del Ayuntamiento (calle Juan Carlos I, 42); en la sede institucional (plaza de la Villa, 1); o en el Centro de Formación (calle Victoria Eugenia de Battenberg, 10).
Las solicitudes se presentarán en el Registro del Ayuntamiento, en horario de lunes a viernes de 9 a 14.30 horas; y los jueves de 9 a 17 horas.
Cualquier duda puede aclararse en la concejalía de Familia, situada en el Centro de Formación, a través del teléfono 91 128 35 10 o en el correo electrónico concejaliafamilia@aytoboadilla.com.
La información de la convocatoria puede consultarse en este enlace.