Una vez solicitado el voto, entre el 3 y el 16 de julio el solicitante recibirá en el domicilio indicado toda la documentación necesaria para ejercer el voto: sobre de votación, papeletas de todos los partidos, certificado de inscripción en el censo, sobre para enviar el voto y hoja explicativa.
Hasta el 19 de julio se puede presentar la documentación en cualquier oficina de Correos, de forma gratuita. También existe la opción de entrega directa al cartero. Es muy importante no introducir el certificado censal en el sobre de votación, porque el voto sería considerado nulo. El certificado debe introducirse aparte.
Consulta el censo electoralEl censo para poder votar en las elecciones generales convocadas para el próximo 23 de julio, así como el lugar de votación, se podrá consultar entre los días 5 y 12 de junio y presentar, si fuera necesario, la solicitud de rectificación.
Esta consulta se puede hacer de las siguientes formas:
- Presencial en el departamento de Padrón situado en la planta baja del Ayuntamiento (c/Juan Carlos I, 42), previa presentación del DNI.
- En los siguientes enlaces del Instituto Nacional de Estadística (INE): con identificación a través del sistema Cl@ve o sin necesidad de tener acceso al sistema Cl@ve.
Los electores del CERA (Censo de Electores Residentes Ausentes) lo podrán consultar en el siguiente enlace.
Las reclamaciones podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, entre el 5 y el 12 de junio, en los siguientes horarios: de lunes a viernes, de 9.00 a 19.00 horas; sábado 10 de junio y domingo 11 de junio, de 9.00 a 13.00 horas.